Los vientos que soplan en el entorno digital europeo vienen trayéndonos noticias de lo que bien podríamos llamar “la paradoja de la privacidad”.  Los vientos que soplan en el entorno digital europeo vienen trayéndonos noticias de lo que bien podríamos llamar “la paradoja de la privacidad”. Por un lado, los gobiernos nacionales y las propias instituciones de la Unión parecen casi “obsesionados” por la privacidad, demostrando una extraordinaria sensibilidad hacia su problemática y hacia sus necesidades regulatorias; la consagración jurisprudencial (y en el inmediato futuro normativa) del llamado derecho al olvido es sin duda alguna el mejor ejemplo. Por otro, los usuarios, aun ciertamente sensibles también hacia su privacidad, se demuestran perfectamente dispuestos a pagar el precio que los servicios online más exitosos suelen demandar por su disfrute: el pago mediante la propia información personal; basta repasar la trayectoria empresarial de Google o las perspectivas financieras de Facebook para comprobarlo.

 Demasiado ciegos ante la evidencia de las inclinaciones del “netizen” europeo, determinados gobiernos están incluso llegando a hacernos sospechar que, más que ajustarse a las necesidades de los usuarios (y, por qué no, en la medida de lo posible, de las empresas del sector), están llegando a hacer primar en ocasiones sus propios intereses políticos: unos intereses que a veces coinciden con los de todos nosotros como usuarios, pero otras no, como tampoco coinciden entre sí los de unos u otros gobiernos nacionales. Posturas como las recientemente mantenidas por los gobiernos alemán y francés a propósito de estas cuestiones, y por alguno de sus connacionales en puestos de responsabilidad en la Comisión Europea, son lamentablemente paradigmáticas en este sentido. Y sin embargo, lástima tener que afirmar algo tan obvio, la privacidad es un derecho, no un instrumento de poder.

 La paradoja es comprensible. El enfoque regulatorio hacia los datos viene siendo el propio de la normativa que aún hoy los regula a escala europea, la Directiva 95/46, una norma patentemente pre-Internet y que por tanto en ningún momento pudo siquiera tener en mente situaciones como el actual entorno Big Data: este “universo digital” es ciertamente una amenaza para el ciudadano y su privacidad, pero al tiempo un verdadero océano de oportunidades que a día de hoy ni siquiera podemos avizorar. Los escasos tratamientos de información que hace veinte años se llevaban a cabo lo eran en fundamental medida por parte de grandes compañías y de los propios gobiernos, lo que situaba casi siempre al ciudadano en una situación de inferioridad, justamente necesitada de esa “protección”. De ahí el enfoque predominantemente pasivo, defensivo y reactivo de la regulación.

 El entorno Big data, la “Internet total”, qué duda cabe de que plantea desafíos comparables para la privacidad, aunque solo fuera porque hasta nuestra nevera puede terminar compartiendo con el mundo nuestros hábitos dietéticos o las debilidades de nuestra salud. No obstante, y en paralelo con lo antes señalado, nos brinda oportunidades incalculables para explotar nuestro bienestar personal, económico y social, bien actuemos como consumidores, bien como empresarios, bien como “prosumidores” en esta nueva forma híbrida de actuar en línea que es la economía colaborativa. Nuestros datos son valiosos, muy valiosos, y multitud de proyectos que comienzan a construirse en el entorno digital empiezan igualmente a ponernos en verdadero control de los mismos.

 Y digo en verdadero control, no en ese control ficticio que solemos repetir como cantilena al interpretar la finalidad de la actual legislación (“habeas data”): de hecho, esa misma Directiva, al menos en su versión inglesa, se refiere al que nosotros denominamos “responsable del tratamiento” como “data controller”, es decir, como la figura de ese escenario que en el fondo y realmente está en control. Un magnífico ejemplo de lo que vengo diciendo es el de empresas como PORT Tech, que apenas con seis meses de experiencia, está comenzando a ofrecer a sus usuarios un dominio real sobre su información personal, a partir de la que ellos mismos hayan puesto a disposición de sus suministradores, clientes o administraciones públicas, entre otros.

 Este nuevo contexto tecnológico y económico exige pues un también nuevo enfoque regulatorio, que pase de lo pasivo y defensivo a lo positivo y pro-activo. Un enfoque que deje de ver exclusivamente a los ciudadanos como “víctimas” de agresivos tratamientos de información a manos de voraces empresas, para comenzar a regularlos como titulares de una información cada vez más valiosa. Un enfoque que, sin dejar de proteger al titular de los datos con las herramientas tradicionales de los derechos ARCO y la tutela administrativa y judicial, y sin dejar de amparar muy especialmente aquellos datos que configuran su identidad personal, les empodere como propietarios de la mayor fuente contemporánea de riqueza, como es la propia información.

 Todos los operadores e interesados debieran colaborar para conseguir este fin. La industria, garantizando el mayor grado posible de transparencia en los tratamientos de la información de sus usuarios. Éstos, actuando responsable y diligentemente en línea, siendo conscientes de los innegables riesgos que Internet y las TICs plantean a su privacidad. Unos y otros, junto a los gobiernos, cooperando para mejorar la capacitación y la educación general, particularmente los menores, acerca de estas oportunidades y riesgos.

 Y, finalmente, los gobiernos, a través de una doble vía. Primero, reconfigurando los deberes de información, a fin de evitar que sigan siendo tan vastos y farragosos como los que constan en las interminables “políticas de privacidad” que todos “sufrimos” en línea; un exceso de información no es información en absoluto. Y, quizá sobre todo, empoderando al titular de los datos con el derecho económico por excelencia, pues económica es al fin y al cabo esta nueva dimensión del dato, reconociendo sin complejos a los ciudadanos el derecho de propiedad sobre la información personal (por supuesto sin perjuicio de seguir protegiéndolo con la panoplia ARCO tradicional); la Comisión Europea acaba de anunciar un estudio en tal sentido, ojalá se revele indicio de que “la paradoja de la privacidad” podría haberse empezado a quebrar.

Fuente: https://abcblogs.abc.es/ley-red/public/post/privacidad-y-datos-de-la-proteccion-al-empoderamiento-15928.asp/

Por: Pablo García Mexía

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